jueves, 24 de julio de 2014

AUDITORIA Y DICTAMEN SOBRE NOMININAS DEL ESTADO DE MÉXICO


Este dictamen es una nueva obligación que surgió a partir del ejercicio 2007, que fue el primer ejercicio obligado a dictaminarse por contador público independiente. El objeto del dictamen es revisar el debido cumplimiento de las empresas en la determinación y pago de este impuesto.  El dictamen es obligatorio para las empresas y entidades que en el ejercicio inmediato anterior, se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos. 
  1. Quienes hayan hecho pagos por remuneraciones dentro del territorio del estado a mas de 200 trabajadores en promedio mensual. 
  2. Quienes hayan hecho pagos por remuneraciones dentro del territorio del estado superiores a $ 400,000.00 en promedio mensual.
  3. Las personas que se encuentren obligadas a retener y enterar este impuesto a terceros.
  4. Las que se hayan fusionado por el ejercicio fiscal en que ocurra dicho acto. (la empresa que subsista)
  5. Las que se hayan escindido, tanto la escindente como las escindidas por el ejercicio fiscal en que ocurre dicho acto.
  6. Las que hayan entrado en liquidación, por el ejercicio fiscal en que esto ocurra así como por el ejercicio fiscal en que la sociedad este en liquidación
PONEMOS A SU DISPOSICION ESTE SERVICIO.

ESTE DICTAMEN PUEDE SER OPTATIVO PARA TODAS AQUELLAS PERSONAS Y EMPRESAS QUE NO SE ENCUENTREN EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS ANTERIORES.

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